lunes, 31 de agosto de 2009

BENEFICIOS 2º NEGOCIACION NOMINA 3-B

BENEFICIOS PARA LOS SOCIOS QUE
NEGOCIAN POR SEGUNDA VEZ, INCLUIDOS EN LA NOMINA 3-B


1. De las Remuneraciones y su Reajustabilidad.
Cláusula 1°. I.P.C. en los sueldos bases y beneficios cada 6 meses

a1. El sueldo base mínimo de los trabajadores que laboren en jornada semanal completa, esto es, de 45 horas, será el Ingreso Mínimo Mensual.

a2. El sueldo base mínimo de los trabajadores part- time con una jornada de 30 o menos horas semanales, será calculado de manera proporcional al Ingreso Mínimo Mensual vigente

La diferencia del sueldo base será imputable a la comisión del trabajador sin que signifique disminución de sueldo al realizar este calculo

De las Horas Extraordinarias, y de la extensión de la jornada.
Cláusula 4º las horas extras se pagarán con un recargo del 100% de la hora normal calculada sobre el respectivo sueldo base, excepto que calculadas con el recargo del 50% sobre el monto del ingreso mínimo legal vigente arroje un valor superior.
Cláusula 6° “Extensión de Jornada Mall $3.630.por atención publico en sábado en la tarde domingo y festivo
Extensión de Jornada no Mall $2.516.- por atención publico en sábado en la tarde, domingo y festivos
Pt de 20 horas mall $1.613 pt de 30 horas mall $2.420
Pt 20 horas no mall $ 1.118 pt de 30 horas no mall $1.677

Cláusula 7° Se deja constancia que en cada ocasión que se realicen ventas especiales fuera de la jornada normal de trabajo, se pagará el bono de mayor horario o bono de extensión de jornada, según corresponda a cada uno.

Cláusula 8° derecho a medio día hábil de permiso pagado al mes, de acuerdo con el jefe. Cuando se trabaje en jornada única, el medio día, podrá partir o terminar a las 14:30 horas, y no se usa el tiempo que se ocupa para la colación correspondiente.
Eventualmente y por razones calificadas, se podrá acumular dos medios días cada dos meses.
Adquisición calzado
Cláusula 12° por trabajador $25.948 en Agosto y Noviembre
Por cónyuge o la conviviente $23.782.- Agosto y Noviembre
$19.896.-, por cada hijo menor de 13 años que sea carga familiar del trabajador. En agosto y Noviembre.

D) Beneficio Especial y Extraordinario de Fiestas Patrias y Navidad.
$38.839.-, en Septiembre
$43.155.-, en diciembre
Este beneficio se paga proporcional a los part time de 20 y 30 horas

E) Beneficio de Matrimonio y Natal.
Por matrimonio y natalidad $44.452.

F) Beneficio Mortuorio.
De $55.320.-, por fallecimiento de un hijo del trabajador o de su cónyuge b) de una persona menor de tres años que sea carga del trabajador o de su cónyuge; y, c) del padre o madre del trabajador

. G) Bonificación para adquisición de marcos para lentes.
Con un tope de $13.942.-, al trabajador y/o sus cargas familiares que necesiten adquirir marcos para lentes ópticos.

H) Bonificación para adquisición de aparatos ortopédicos y prótesis.
BATA CHILE S.A. pagará hasta un 80% del valor de adquisición de aparatos ortopédicos, prótesis y audífonos al Trabajador con un tope de bonificación de $221.112.-

De los Bonos de reemplazos o sustituciones de otros trabajadores
Cláusula 13º
Abono a la cuenta personal de un 0,21%, 0,25% 0,30%, a su cuenta mientras dure el reemplazo a jefe
Se descontara un 40% del precio de venta a público de la mercadería. Por inventarios que se practiquen en la tienda a cargo
En dicha cuenta, BATA CHILE S.A. cargará las diferencias que se produzcan contra el trabajador a consecuencia de inventarios que se practiquen en la tienda bajo su responsabilidad. Para los efectos de este cargo, se descontará el 0,21%, 0,25% 0,30%, según corresponda.

Dentro de los 60 días posteriores de terminado el reemplazo, el empleador entregará al trabajador la diferencia que a su favor hubiere en esta cuenta contable, la que se considerará como una asignación por pérdida de mercadería, hasta el monto de 0,21 %, 0,25% o 0,30%, según corresponda, conforme se hubiera acordado.

Cláusula 15° En caso de traslado de un trabajador de una sala de ventas a otra, el sueldo fijo no se modificará. La comisión sobre las ventas y el incentivo por par vendido, si corresponde, se establecerá de común acuerdo entre el empleador y el trabajador.

Cláusula 16º Las ventas que efectúe el Jefe de Tienda serán distribuidas por él, entre los vendedores, dando preferencia a aquel o aquellos que hubieren estado preparando inventario o vitrinas, arreglando preselectores o ejecutando otros trabajos que no le hubieran permitido dedicarse a vender.

Cláusula 17° Cuando un trabajador reemplace a un Jefe de Tienda, se le considerará la comisión que le corresponde al Jefe reemplazado por todo el tiempo que dure el reemplazo.
Bonificación caja
Cláusula 18º cajeras de 45 horas, asignación de caja de $28.118.- mensuales.
Cajeras de 30 horas, asignación de caja de $21.500.- mensuales.
Cajeras de 20 horas, asignación de caja de $14.059.- mensuales.

Del cómputo especial del feriado.
Cláusula 19º si su feriado legal es a contar de un día lunes, y que por consiguiente sus 15 días hábiles se cumplen un día viernes, regresara a su trabajo el lunes siguiente al vencimiento de su feriado.

Del anticipo post feriado legal.
Cláusula 20º Al regresar de su feriado, podrá solicitar a la empresa un anticipo, con un tope máximo de $94.000.-, descontado en 4 cuotas

Del anticipo de remuneraciones.
Cláusula 21° $50.000. El día 15 de cada mes
En Diciembre y Marzo este anticipo será el doble.

permisos
Cláusula 23º. Por Matrimonio. La Empresa otorgará al trabajador que contraiga matrimonio una semana de permiso pagado y medio día para contraer matrimonio civil

Cláusula 24º. Por Fallecimiento de su padre o madre, de 5 días
Por fallecimiento del cónyuge o conviviente e hijos, 7 días;
Por fallecimiento de un hijo en gestación, 3 días, y en caso de fallecimiento de un hermano, será de un día, si el fallecimiento se produce dentro de la Región donde se desempeña el trabajador o en una Región colindante. Caso contrario, se concederán dos días adicionales de permiso pagado.


Cláusula 25°. Por Estudios. Permiso por estudios de común acuerdo con el jefe

De las Regalías y beneficios.

Cláusula 26º Sala Cuna.
La empresa cancelará el valor de sala cuna en forma conjunta con la remuneración del mes correspondiente.

Cláusula 28°
a) ayuda de $11.360.- anuales por cada hijo de kinder a 5° año de Enseñanza Básica.
c) concederá, hasta 45 becas universitarias anuales de $113.417.-
Los cupos se llenarán por orden de llegada

Ayuda por Fallecimiento del Trabajador.
Cláusula 31º En caso de fallecimiento del Trabajador $711.947.-, para los gastos del funeral a su cónyuge, hijos, madre según corresponda. Por accidente del trabajo, esta ayuda se pagará dos veces su valor.

Movilización.
Cláusula 32º ayuda de movilización de $365.- diarios

Colación.
Cláusula 33º ayuda por colación de $449.-, diarios
Además, se entregarán Vales de colación, por los días domingo y festivos laborados, por un monto de $2.000.- a cada uno (para trabajadores tiendas mall o que tengan horario de mall)
Los part time de 20 horas no percibirán este vales de colación

Juguetes de Navidad
Cláusula 34º valor de $15.746.- por cada hijo hasta 12 años

Del Traslado de los Trabajadores.
Cláusula 36º Cuando BATA CHILE S.A. acuerde el traslado de un trabajador de tiendas de una Ciudad a otra, el trabajador tendrá derecho a que se le pague el valor correspondiente a los pasajes de él y su núcleo familiar, en el medio de transporte colectivo de uso frecuente en la zona. Además, la empresa facilitará los medios necesarios para el transporte de los enseres del hogar.

Cláusula 37º En caso de traslado de un trabajador de una sala de ventas a otra, el sueldo base no se modificará. La comisión sobre ventas y/o el incentivo, se establecerá de común acuerdo entre el empleador y el trabajador.

Vales de descuento
Cláusula 39º En Febrero se otorgarán 5 vales por trabajador, 5 vales por el cónyuge o conviviente, 5 vales por cada uno de los hijos del trabajador aunque no sean cargas familiares hasta un máximo de edad de 26 años y 5 vales por la madre del trabajador,
El mínimo de vales a que tendrá derecho el trabajador no podrá ser inferior a 8 vales.
a) 30% de descuento en calzado y ropa de artículos de importación directa y calzado de producción nacional.
b) 15% de descuento de calzado y ropa en artículos de otras marcas no importadas por la Compañía; y
c) 15% de descuento para artículos y accesorios deportivos que se comercialicen en la cadena de Tiendas Sparta Deportes Limitada.
Un mínimo de 8 vales por trabajador

Ropa de Trabajo.
Cláusula 40º.
Personal de Tiendas
a1) Personal Masculino (jornada completa o parcial superior a 20 horas semanales)

Octubre 2009: 1 Pantalón, 2 Camisas y 2 Poleras
Abril 2010: 1 Pantalón, 2 Camisas
Octubre 2010: 1 Pantalón, 2 Camisas y 2 Poleras
Abril 2011: 1 Pantalón, 2 Camisas

a2) Personal Femenino (jornada completa o parcial superior a 20 horas semanales)

Octubre 2009: 1 Pantalón, 2 Blusas y 2 Poleras
Abril 2010: 1 Pantalón y 2 Blusas
Octubre 2010: 1 Pantalón, 2 Blusas y 2 Poleras
Abril 2011: 1 Pantalón y 2 Blusas
a3) Personal Masculino (jornada parcial de 20 horas semanales o menos)
Octubre 2009: 1 Polera 1 Pantalón y una camisa
Abril 2010: 1 Camisa y 1 Pantalón
Octubre 2010: 1 Polera 1 Pantalón y una camisa
Abril 2011: 1 Camisa y 1 Pantalón
a4) Personal Femenino (jornada parcial de 20 horas semanales o menos)
Octubre 2009: 1 Polera 1 Pantalón y una blusa
Abril 2010: 1 Blusa y 1 Pantalón
Octubre 2010: 1 Polera 1 Pantalón y una blusa
Abril 2011: 1 Blusa y 1 Pantalón
Además la Empresa entregará en el mes de Abril de cada año un chaleco a todos los trabajadores que laboren en las tiendas.

Bonificación Fin de Año.
Cláusula 43º cajeras la suma de $8.000.en diciembre de cada año

Bono por inventario físico.
Cláusula 44º La empresa cancelara un valor de $ 6.289.- cada vez que se realice un inventario físico sobre un 70% de la mercadería

Comisión adicional por ventas con tarjeta.
Cláusula 45º Por cada venta que se efectúen a través de las tarjetas de créditos Multicard y/o Batacard, percibirá una comisión del 0,2% sobre la venta neta, adicional a la comisión e incentivo normal que de acuerdo a su contrato de trabajo le corresponda percibir.
Incentivo Par.
Cláusula 46º tiendas Hites,, Ripley u Otras en que Bata tenga corners de ventas y en las Liquidadoras de los Distritos 513 y 514 de la Empresa, percibirán un incentivo de $13.- por par de calzado vendido.


Incentivo venta segundo par.
Cláusula 47º $20 por incentivo adicional al primer par

Bono de productividad trimestral
Cláusula 48º ESCALA BONO DE PRODUCTIVIDAD
Este Bono se pagará conforme al TALY trimestral de cada Tienda, según la siguientes Tablas:
. Tiendas con Ventas Netas Anuales menores a $220 millones:

TRAMOMONTOIPC
+5%
$15.106.-

IPC +6%
$26.850-

IPC + 7%
$34.056.-
IPC + 8%
$47.811.-
IPC + 9%
$55.012.-
IPC + 10%
$61.488.-
IPC + 11%
$71.387.-
IPC + 12%
$85.796.-

II. Tiendas con Ventas Netas Anuales de $220 millones o más

TRAMO
MONTO
IPC +5%
$15.692.-
IPC +6%
$27.893-
IPC + 7%
$35.379.-
IPC + 8%
$49.668.-
IPC + 9%
$57.148.-
IPC + 10%
$63.876.-
IPC + 11%
$74.159.-
IPC + 12%
$89.127.-
Este bono se pagará proporcional a las horas trabajadas

Cláusula 50º
Las devoluciones de dinero a clientes por anulación de venta serán de cargo de la empresa y no se descontarán de las comisiones del trabajador.

Seguros ante robos.
Cláusula 51º. En casos de robos con violencia o intimidación en las personas ocurridos al interior de las tiendas de la empresa y en el horario de atención al público, que importen la pérdida de enseres o artículos propios de los trabajadores que laboren en ellas, la Empresa indemnizará a los trabajadores afectados hasta por un monto de $30.000.- por evento y por cada uno de ellos, debiendo estos efectuar la correspondiente denuncia ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o la Fiscalía respectiva.

Lo anterior se aplicará también a los robos referidos que ocurran en las tiendas fuera del horario de atención al público y mientras los trabajadores desarrollen actividades propias de sus funciones, como por ejemplo, la realización de inventarios.
Incentivo variable.
Cláusula 52º. El porcentaje mínimo de incentivo por venta, será de 90%, y el máximo de 130%. Y En los meses de Diciembre y Marzo de cada año, será aumentado en un 30%.
Las tiendas bonificadas con una antigüedad mayor a doce meses, recibirán su remuneración variable en base a comisiones, las que deberán ser acordadas individualmente entre trabajador y el empleador en su oportunidad

Cláusula 54º. Forma de pago de las remuneraciones
BATA CHILE S.A. abonará las remuneraciones y anticipos en una cuenta vista asignada al efecto a cada trabajador, sin cargo para éste, la que permitirá realizar las siguientes operaciones:

a) 5 Transacciones mensuales gratis en cajeros del Banco de Chile.
b) 2 Transacciones mensuales gratis en cajeros de otros Bancos.
c) Pagos a través del sistema Redcompra.
d) Pagos a través del sistema “PAC” (Pago Automático de Cuentas”). Este servicio no tiene costo y es ilimitado.
e) Pagos en el sistema de Transporte Transantiago, previa recarga en los puntos habilitados al efecto.

Se entenderá por Transacción, para estos efectos, el giro de dinero y las consultas de saldo. No se considerarán transacciones los pagos efectuados a través del sistema Redcompra, los pagos a través del sistema “PAC” y los pagos en el sistema de Transporte Transantiago.

El exceso de Transacciones será de cargo del trabajador, según los costos definidos para ello por el Banco, de acuerdo a la siguiente tabla:

Consultas Excedidas sin importar Banco


Nº de Transacciones
Valor
Moneda
1 – 2
0,042
UF
3 – 4
0,084
UF
5 – 10
0,210
UF
11 – 20
0,420
UF
21 – 99
0,840
UF

La empresa habilitará en cada tienda el acceso a la página del Banco de Chile a fin de que los trabajadores puedan efectuar sus consultas de saldo sin costo alguno y sin límite, las que deberán realizarse en horarios de baja afluencia de público.

Aquellos trabajadores que tengan cuenta corriente propia podrán solicitar que sus remuneraciones les sean depositadas en la misma.

Si por causas no imputables a la Empresa no fuere posible efectuar los depósitos en las cuentas a que se refiere esta cláusula, se procederá

Nota: Este sistema de pago se llevará a efecto solo una vez que la empresa haya entregado la correspondiente tarjeta red-bac a cada trabajador y estén debidamente informados.

Bono término Negociación Colectiva.
El bono de término de negociación será de $ 280.000 líquidos
A los trabajadores que tengan menos de un año de antigüedad, se les pagará este bono proporcionalmente a los meses trabajados al 30 de junio 2009


Bonificación por capacitación
Cláusula 60°. Se pagará por cada trabajador de la nómina 3-B el 7 de Agosto del 2009 un valor $.-74.925.- y el 9 de Agosto del 2010, la suma de $.-40.500.- líquidos.




SOCIOS QUE NEGOCIAN POR 2ª VEZ







1
ACEVEDO CONTRERAS , FRANCISCO JAV
16845893-2
2
ACUÑA FUENTEALBA, CRISTIAN
13377270-7
3
AGUILAR ZUÑIGA , LUIS ALFREDO
15711134-5
4
ALEGRIA MONDACA, IVONNE VIVIANA
14389836-9
5
AMPUERO AMPUERO, KAREN PAMELA
15582635-5
6
ARAYA SOTO, MARIO JAVIER
17095453-K
7
ARAYA PIZARRO, CARLOS PATRICIO
16110667-4
8
ARENAS HORTA, NOHEMI ESTER
16771002-6
9
AREVALO MONSALVES, INGRID VALESCA
16037880-8
10
ARIAS ARIAS, VICTOR HUGO
15603349-9
11
BASTIAS LIZAMA, PEDRO HUGO
12303556-9
12
BECERRA SALINAS, JOSUE
16173407-1
13
BELTRAN GONZALEZ, BARBARA
16360261-K
14
BERNAL GONZALEZ, DAMARIS ISABEL
12671981-7
15
BLANCO ALVAREZ, MARCO ANTONIO
16451921-K
16
BORQUEZ AGUILERA, MILENA LORETO
16500169-9
17
BRAVO SEPULVEDA , LUIS ALFONSO
16736113-7
18
BRAVO CACHIN, OSVALDO
13822165-2
19
CALDERON MADRID, DAVID E
16334571-4
20
CANDIA ABARCA , JOCELYN ANDREA
15669139-9
21
CARRASCO SALDIAS, ROSA ESTER
15972518-9
22
CARRASCO ORELLANA, ISABEL MARGARIT
15429387-6
23
CASTAÑEDA OSORIO, MARIBEL ALEXANDR
14004169-6
24
CASTRO ROMERO, PABLO ANDRES
15584502-3
25
CATALDO CARVAJAL , CAMILA ISADORA
16495865-5
26
CERECERA BRAVO, JUAN ADOLFO
13348221-0
27
CERNA JARA, JULIO JAVIER
12974322-0
28
CESPEDES IRARRAZABAL , FRANCISCO
14046627-1
29
CIFUENTES ARROYO, NATALI ROXANA
16947607-1
30
COLLADO CADIMA ,ESTEBAN IGNACIO
9542042-7
31
CONTRERAS ARRIAGADA, CAROLE ANDRE
15853697-8
32
CORNEJO FUENZALIDA, ERIKA
14162876-3
33
CUELLO NAVARRO, JACQUELINE ALICIA
13758656-8
34
DE LA BARRA DERAMOND, CAMILA FERNA
16747822-0
35
DEL CANTO BERNASCONI , PAULINA EU
9380464-3
36
DELGADO CANALES, BEATRIZ
17956115-8
37
DIAZ VEGA, CLAUDIO
11888094-3
38
DIAZ VIVANCO, HECTOR MANUEL
12321410-2
39
ENCINA HORTA, MAURICIO GONZALO
15980975-7
40
ESCARATE GONZALEZ, SEBASTIAN
16701788-6
41
ESPINDOLA DIAZ, MARIBEL ANTONIA
15464183-1
42
ESPINOZA BERMUDEZ, SANDRA LISSETE
16174216-3
43
EYZAGUIRRE OTEIZA, MARIA JOSE
13978535-5
44
FIRPO BRAVO , KARLA IVONNE
13867044-9
45
FUENTES REYES, MACARENA
14551061-9
46
GAETE ZARATE, LILIAN VERONICA
15426547-3
47
GAJARDO ELIZARDE, IRMA GABRIELA
16375492-4
48
GALLARDO MAYORGA, ISABEL
15582454-9
49
GONZALEZ ACUÑA, ROSSANA JAQUELINE
15962836-1
50
GUAJARDO MARCHANT, PRISCILLA ANDRE
15682499-2
51
GUTIERREZ REYES, YORLIANA ESTEFANI
16294385-5
52
GUTIERREZ SOTO, FABIOLA DE LOS ANG
14302641-8
53
HERNANDEZ CORTES, KARINA DEL CARME
15037681-5
54
HIDALGO FLORES, ANDREA DEL CARMEN
15881862-0
55
HUIDOBRO HERRERA, PAOLA ALEJANDRA
12660903-5
56
INOSTROZA INOSTROZA, MARIELA TERES
16495567-2
57
JARA CACERES, ROMINA TIARE
16342061-9
58
JERIA MUÑOZ, MARCO ANTONIO
14376213-0
59
LAGOS HUIRIQUEO, CAMILO
16641021-5
60
LEIVA OYARZUN, MARIA CRISTINA
15903147-0
61
LILLO RAMIREZ, JUAN PABLO
15091537-6
62
LIZANA FLORES, ANGELICA ANDREA
12694467-5
63
LLANQUIN CANIUMIL, VANESSA
15511163-1
64
LOBOS SILVA, MARGARITA
14615837-4
65
MACHUCA MIRANDA , MAYRA ANDREA
15079216-9
66
MALDONADO MORENO , EDUARDO DANILO
13775149-6
67
MANSILLA DELGADO , LETICIA PAULIN
15997505-3
68
MATURANA PALACIOS, ROBERTO LUCIANO
16313661-9
69
MAULÉN NAVARRO , CELESTE EDUVINA
16856186-5
70
MEJIAS CONTRERAS, MIGUEL PATRICIO
13625025-6
71
MONTENEGRO VILLAGRAN , DEISY VAL
16404519-6
72
MONTENEGRO VILLAGRAN, ANGELICA ALI
16032904-1
73
MORALES REYES, LEONARDO ANDRES
16711589-6
74
MUÑOZ GRANDON , RUTH MARIANA
12537596-0
75
MUÑOZ SALAS, PAOLA ANDREA
14548606-8
76
MUÑOZ SALINAS, CARLA ELVIRA
16420412-K
77
NUÑEZ PAVEZ , ELGA DEL CARMEN
11649716-6
78
NUÑEZ CONTRERAS, WALDO LUIS
16466544-5
79
NUÑEZ RUBIO, CLAUDIA
10979047-8
80
NUÑEZ VALENCIA, ANGELICA MARIA
13653608-7
81
OLAVARRIA AGUILERA, ELIZABETH ANDR
16022929-2
82
OLIVARES LEIVA, EVELYN CATHERINA
15683360-6
83
OLIVARES ROBLES, DANILO ANDRES
16053901-1
84
ORTIZ LABARCA, DIXICIA CECILIA
16688771-2
85
OYARZO CARCAMO, CAROLINA ELISA
16066034-1
86
OYARZUN CINTOLESI, ANDREA CATALINA
15851956-9
87
PALOMERA LOPEZ , LILIAN DEL ROSAR
12357480-K
88
PALOMINOS GALLARDO, KAREN PRISCILL
15702583-K
89
PEREZ HUERTA, ALEJANDRO ANTONIO
16055310-3
90
PIZARRO ARMIJO, GISEL MACARENA
16290746-8
91
POBLETE LORCA, KAREN ISABEL
16164980-5
92
QUINTANA CATALAN, PAULA ANDREA
14178233-9
93
QUINTANA MEDIAVILLA, DANIELA ANDRE
14002906-8
94
RAMIREZ MOLINA, CLAUDIO ANTONIO
16252205-1
95
RAMOS MUÑOZ, PRISCILLA ALEJANDRA
14622660-4
96
RETAMAL VILLAR, PAOLA SOLEDAD
13790571-K
97
REYES ALVAREZ, MARCOS LEONARDO
14294071-K
98
REYES DOMINGUEZ, MARIA SOLEDAD
14178144-8
99
RIQUELME PALACIO , JESSICA DEL PI
15875939-K
100
RIVERA JIMENEZ, CLAUDIA ALEJANDRA
14155584-7
101
RODRIGUEZ RUIZ , PATRICIO ANDRES
16516112-2
102
ROMERO GONZALEZ , JAIME ANDRES
12891861-2
103
RUMINOT ZAPATA, MIRNA PAMELA
10444851-8
104
SAAVEDRA SILVA , LUZ ANDREA
16548157-7
105
SAAVEDRA PARRA, RODRIGO ANDRES
15917024-1
106
SANTADER SALINAS, VALERIA FERNANDA
15866604-9
107
SEGURA BAEZ , BENJAMIN
16627421-4
108
SERRANO ZUÑIGA , ELIZABETH ANDREA
15454593-K
109
SOLIS VARGAS CRISTIAN EDUARDO
13735834-4
110
SOTO PARADA , MARIA ANGELICA
13704299-1
111
SOTO HIDALGO, BLANCA ISABEL
13077363-K
112
SOTO MORALES, RODRIGO ALEXIS
16875755-7
113
TELLO RIQUELME, TANIA ALEJANDRA
15663917-6
114
TORRES MELO , ANGÉLICA BELÉN
16708233-5
115
TORRES HERNANDEZ, MARIA ELENA
13302158-2
116
TORRES ROJAS, JOSE FRANCISCO
10963772-6
117
URREA PILQUINIR, ELIZABETH PATRICI
10014960-5
118
VALDES GUAJARDO , GLADYS MARJORIE
12238753-4
119
VALDES MUÑOZ, LORETO SOLEDAD
15809185-2
120
VARGAS VERGARA, CATHERINE
15911612-3
121
VERGARA URRA, CHERIE ANGELICA
12469684-4
122
ZUÑIGA LAMILLA, SEBASTIAN GREGORIO
16296885-8

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