lunes, 31 de agosto de 2009

BENEFICIOS 3ª NEGOCIACION NOMINA 3-A

BENEFICIOS 3ª NEGOCIACION
De las Remuneraciones y su Reajustabilidad.

Para los trabajadores que negocian por tercera vez que se ubican ahora en la nomina 3-A

Cláusula 1°. I.P.C. en los sueldos bases y beneficios cada 6 meses

a1. El sueldo base mínimo de los trabajadores que laboren en jornada semanal completa, esto es, de 45 horas, será el Ingreso Mínimo Mensual.

a2. El sueldo base mínimo de los trabajadores part- time con una jornada de 30 o menos horas semanales, será calculado de manera proporcional al Ingreso Mínimo Mensual vigente

La diferencia del sueldo base será imputable a la comisión del trabajador sin que signifique disminución de sueldo al realizar este calculo

De las Horas Extraordinarias, y de la extensión de la jornada.
Cláusula 4º las horas extras se pagarán con un recargo del 100% de la hora normal calculada sobre el respectivo sueldo base, excepto que calculadas con el recargo del 50% sobre el monto del ingreso mínimo legal vigente arroje un valor superior.
Cláusula 6° “Extensión de Jornada Mall $3.630.por atención publico en sábado en la tarde domingo y festivo
Extensión de Jornada no Mall $2.516.- por atención publico en sábado en la tarde, domingo y festivos
Pt de 20 horas mall $ 1.613 pt de 30 horas mall $2.420
Pt 20 horas no mall $ 1.118 pt de 30 horas no mall $1.677

Cláusula 7º ventas especiales fuera de la jornada normal de trabajo, se pagará el bono de mayor horario o bono de extensión de jornada, según corresponda a cada trabajador

Cláusula 8° derecho a medio día hábil de permiso pagado al mes, Cuando se trabaje en jornada única, el medio día, podrá partir o terminar a las 14:30 horas, y no se usa el tiempo que se ocupa para la colación correspondiente.
Eventualmente y por razones calificadas, se podrá acumular dos medios días cada dos meses.

Adquisición calzado
Cláusula 12° por trabajador $25.948 en Agosto y Noviembre
Por cónyuge o la conviviente $23.782.- Agosto y Noviembre
$19.896.-, por cada hijo menor de 13 años que sea carga familiar del trabajador. En Agosto y Noviembre.
Y $25.948.-, por trabajador en el mes de febrero de cada año.

D) Beneficio Especial y Extraordinario de Fiestas Patrias y Navidad.
$38.839.-, en Septiembre
$43.155-, en Diciembre
Este beneficio se paga proporcional a los part time de 20 y 30 horas

E) Beneficio de Matrimonio y Natal.
Por matrimonio y natalidad $44.452.-

F) Beneficio Mortuorio.
De $55.320.-, por fallecimiento de un hijo del trabajador o de su cónyuge b) de una persona menor de tres años que sea carga del trabajador o de su cónyuge; y, c) del padre o madre del trabajador

G) Bonificación para adquisición de marcos para lentes.
Con un tope de $13.942.-, al trabajador y/o sus cargas familiares que necesiten adquirir marcos para lentes ópticos.

H) Bonificación para adquisición de aparatos ortopédicos y prótesis.
BATA CHILE S.A. pagará hasta un 80% del valor de adquisición de aparatos ortopédicos, prótesis y audífonos al Trabajador con un tope de bonificación de $221.112.-

De los Bonos de reemplazos o sustituciones de otros trabajadores
Cláusula 13º
Abono a la cuenta personal de un 0,21%, 0,25% 0,30%, a su cuenta mientras dure el reemplazo a jefe
Se descontara un 40% del precio de venta a público de la mercadería. Por inventarios que se practiquen en la tienda a cargo
En dicha cuenta, BATA CHILE S.A. cargará las diferencias que se produzcan contra el trabajador a consecuencia de inventarios que se practiquen en la tienda bajo su responsabilidad. Para los efectos de este cargo, se descontará el

Dentro de los 60 días posteriores de terminado el reemplazo, el empleador entregará al trabajador la diferencia que a su favor hubiere en esta cuenta contable, la que se considerará como una asignación por pérdida de mercadería, hasta el monto de 0,21 %, 0,25% o 0,30%, según corresponda, conforme se hubiera acordado.

Cláusula 15° En caso de traslado de un trabajador de una sala de ventas a otra, el sueldo fijo no se modificará. La comisión sobre las ventas y el incentivo por par vendido, si corresponde, se establecerá de común acuerdo entre el empleador y el trabajador.

Cláusula 16º Las ventas que efectúe el Jefe de Tienda serán distribuidas por él, entre los vendedores, dando preferencia a aquel o aquellos que hubieren estado preparando inventario o vitrinas, arreglando preselectores o ejecutando otros trabajos que no le hubieran permitido dedicarse a vender.

Cláusula 17° Cuando un trabajador reemplace a un Jefe de Tienda, se le considerará el incentivo o comisión que le corresponde al Jefe reemplazado por todo el tiempo que dure el reemplazo.

Bonificación caja
Cláusula 18º cajeras de 45 horas, asignación de caja de $28.118.- mensuales.
Cajeras de 30 horas, asignación de caja de $21.500.- mensuales.
Cajeras de 20 horas, asignación de caja de $14.059.- mensuales.

Del cómputo especial del feriado.
Cláusula 19º si su feriado legal es a contar de un día lunes, y que por consiguiente sus 15 días hábiles se cumplen un día viernes, regresara a su trabajo el lunes siguiente al vencimiento de su feriado.

Del anticipo post feriado legal.
Cláusula 20º Al regresar de su feriado, podrá solicitar a la empresa un anticipo, con un tope máximo de $94.000.-, descontado en 4 cuotas

Del anticipo de remuneraciones.
Cláusula 21° $50.000. El día 15 de cada mes
En Diciembre y Marzo este anticipo será el
permisos
Cláusula 23º. Por Matrimonio. La Empresa otorgará al trabajador que contraiga matrimonio una semana de permiso pagado y medio día para contraer matrimonio civil

Cláusula 24º. Por Fallecimiento. De su padre o madre, de 5 días
Por fallecimiento del cónyuge o conviviente e hijos, 7 días;
Por fallecimiento de un hijo en gestación, 3 días, y en caso de fallecimiento de un hermano, será de un día, si el fallecimiento se produce dentro de la Región donde se desempeña el trabajador o en una Región colindante. Caso contrario, se concederán dos días adicionales de permiso pagado.

Cláusula 25°. Por Estudios. Permiso por estudios de común acuerdo con el jefe

. Cláusula 26º Sala Cuna.
La empresa cancelara el valor de sala cuna a la trabajadora, en forma conjunta con la remuneración del mes correspondiente.

Cláusula 28°
a) ayuda de $11.360.- anuales por cada hijo de kinder a 5° año de Enseñanza Básica.
c) concederá, hasta 45 becas universitarias anuales de $113.417.-
Los cupos se llenarán por orden de llegada

Ayuda por Fallecimiento del Trabajador.
Cláusula 31º En caso de fallecimiento del Trabajador $711.947.-, para los gastos del funeral a su cónyuge, hijos, madre según corresponda. Por accidente del trabajo, esta ayuda se pagará dos veces su valor.

Movilización.
Cláusula 32º ayuda de movilización de $365.- diarios

Colación.
Cláusula 33º ayuda por colación de $449.-, diarios ( tienda con jornada unica)

Además, se entregarán Vales de colación, por los días domingo y festivos laborados, por un monto de $2.000.- a cada uno (para trabajadores tiendas mall o que tengan horario de mall)

Los part time de 20 horas no percibirán vales de colación

Juguetes de Navidad.
Cláusula 34º valor de $15.746.- hasta 12 años

Del Traslado de los Trabajadores.
Cláusula 36º Cuando BATA CHILE S.A. acuerde el traslado de un trabajador de tiendas de una Ciudad a otra, el trabajador tendrá derecho a que se le pague el valor correspondiente a los pasajes de él y su núcleo familiar, en el medio de transporte colectivo de uso frecuente en la zona. Además, la empresa facilitará los medios necesarios para el transporte de los enseres del hogar

Cláusula 37º En caso de traslado de un trabajador de una sala de ventas a otra, el sueldo base no se modificará. La comisión sobre ventas y/o el incentivo, se establecerá de común acuerdo entre el empleador y el trabajador.

Vales de descuento
Cláusula 39º En Febrero se otorgarán 5 vales por trabajador, 5 vales por el cónyuge o conviviente, 5 vales por cada uno de los hijos del trabajador aunque no sean cargas familiares hasta un máximo de edad de 26 años y 5 vales por la madre del trabajador,
El mínimo de vales a que tendrá derecho el trabajador no podrá ser inferior a 8 vales.
a) 30% de descuento en calzado y ropa de artículos de importación directa y calzado de producción nacional.
b) 15% de descuento de calzado y ropa en artículos de otras marcas no importadas por la Compañía; y
c) 15% de descuento para artículos y accesorios deportivos que se comercialicen en la cadena de Tiendas Sparta Deportes Limitada.
Mínimo de 8 vales por trabajador

Cláusula 40º. Ropa de Trabajo.
Personal de Tiendas
a1) Personal Masculino (jornada completa o parcial superior a 20 horas semanales)

Octubre 2009: 1 Pantalón, 2 Camisas y 2 Poleras
Abril 2010: 1 Pantalón, 2 Camisas
Octubre 2010: 1 Pantalón, 2 Camisas y 2 Poleras
Abril 2011: 1 Pantalón, 2 Camisas

a2) Personal Femenino (jornada completa o parcial superior a 20 horas semanales)

Octubre 2009: 1 Pantalón, 2 Blusas y 2 Poleras
Abril 2010: 1 Pantalón y 2 Blusas
Octubre 2010: 1 Pantalón, 2 Blusas y 2 Poleras
Abril 2011: 1 Pantalón y 2 Blusas
a3) Personal Masculino (jornada parcial de 20 horas semanales o menos)
Octubre 2009: 1 Polera 1 Pantalón y una camisa
Abril 2010: 1 Camisa y 1 Pantalón
Octubre 2010: 1 Polera 1 Pantalón y una camisa
Abril 2011: 1 Camisa y 1 Pantalón
a4) Personal Femenino (jornada parcial de 20 horas semanales o menos)
Octubre 2009: 1 Polera 1 Pantalón y una blusa
Abril 2010: 1 Blusa y 1 Pantalón
Octubre 2010: 1 Polera 1 Pantalón y una blusa
Abril 2011: 1 Blusa y 1 Pantalón
Además la Empresa entregará en el mes de Abril de cada año un chaleco a todos los trabajadores que laboren en las tiendas.
Bonificación Fin de Año.
Cláusula 43º cajeras, la suma de $8.000.- diciembre de cada año.

Bono por inventario físico.
Cláusula 44º La empresa cancelara un valor de $ 6.289 cada vez que se realice un inventario físico sobre un 70% de la mercadería

Comisión adicional por ventas con tarjeta.
Cláusula 45º Por cada venta que se efectúen a través de las tarjetas de créditos Multicard y/o Batacard, percibirá una comisión del 0,2% sobre la venta neta, adicional a la comisión e incentivo normal que de acuerdo a su contrato de trabajo le corresponda
Incentivo Par.
Cláusula 46º los trabajadores que laboren en tiendas Hites,Ripley u Otras en que Bata tenga corners de ventas y en las Liquidadoras de los Distritos 513 y 514 de la Empresa, percibirán un incentivo de $13.- por par de calzado vendido.

Incentivo venta segundo par.
Cláusula 47º $20 por incentivo adicional al primer par

Cláusula 48º Bono de productividad trimestral
ESCALA BONO DE PRODUCTIVIDAD
Este Bono se pagará conforme al TALY trimestral de cada Tienda, según la siguientes Tablas:
I. Tiendas con Ventas Netas Anuales menores a $220 millones:
TRAMO MONTO
IPC +5%
$15.106.-
IPC +6%
$26.850-
IPC + 7%
$34.056.-
IPC + 8%
$47.811.-
IPC + 9%
$55.012.-
IPC + 10%
$61.488.-
IPC + 11%
$71.387.-
IPC + 12%
$85.796.-





II. Tiendas con Ventas Netas Anuales de $220 millones o más

TRAMO MONTO
IPC +5%
$15.692.-
IPC +6%
$27.893-
IPC + 7%
$35.379.-
IPC + 8%
$49.668.-
IPC + 9%
$57.148.-
IPC + 10%
$63.876.-
IPC + 11%
$74.159.-
IPC + 12%
$89.127.-
. Proporcional a las horas trabajadas

Cláusula 50º Las devoluciones de dinero a clientes por anulación de venta serán de cargo de la empresa y no se descontarán de las comisiones del trabajador.
Seguros ante robos.
Cláusula 51º. En casos de robos con violencia o intimidación en las personas ocurridos al interior de las tiendas de la empresa y en el horario de atención al público, que importen la pérdida de enseres o artículos propios de los trabajadores que laboren en ellas, la Empresa indemnizará a los trabajadores afectados hasta por un monto de $30.000.- por evento y por cada uno de ellos, debiendo estos efectuar la correspondiente denuncia ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o la Fiscalía respectiva.

Lo anterior se aplicará también a los robos referidos que ocurran en las tiendas fuera del horario de atención al público y mientras los trabajadores desarrollen actividades propias de sus funciones, como por ejemplo, la realización de inventarios.
Incentivo variable.
Cláusula 52º. El porcentaje mínimo de incentivo por venta, será de 90%, y el máximo de 130%. Y En los meses de Diciembre y Marzo de cada año, será aumentado en un 30%.
Las tiendas bonificadas con una antigüedad mayor a doce meses, recibirán su remuneración variable en base a comisiones, las que deberán ser acordadas individualmente entre trabajador y el empleador en su oportunidad

Cláusula 54º. Forma de pago de las remuneraciones
BATA CHILE S.A. abonará las remuneraciones y anticipos en una cuenta vista asignada al efecto a cada trabajador, sin cargo para éste, la que permitirá realizar las siguientes operaciones:

a) 5 Transacciones mensuales gratis en cajeros del Banco de Chile.
b) 2 Transacciones mensuales gratis en cajeros de otros Bancos.
c) Pagos a través del sistema Redcompra.
d) Pagos a través del sistema “PAC” (Pago Automático de Cuentas”). Este servicio no tiene costo y es ilimitado.
e) Pagos en el sistema de Transporte Transantiago, previa recarga en los puntos habilitados al efecto.

Se entenderá por Transacción, para estos efectos, el giro de dinero y las consultas de saldo. No se considerarán transacciones los pagos efectuados a través del sistema Redcompra, los pagos a través del sistema “PAC” y los pagos en el sistema de Transporte Transantiago.

El exceso de Transacciones será de cargo del trabajador, según los costos definidos para ello por el Banco, de acuerdo a la siguiente tabla:

Consultas Excedidas sin importar Banco


Nº de Transacciones
Valor
Moneda
1 – 2
0,042
UF
3 – 4
0,084
UF
5 – 10
0,210
UF
11 – 20
0,420
UF
21 – 99
0,840
UF

La empresa habilitará en cada tienda el acceso a la página del Banco de Chile a fin de que los trabajadores puedan efectuar sus consultas de saldo sin costo alguno y sin límite, las que deberán realizarse en horarios de baja afluencia de público.

Aquellos trabajadores que tengan cuenta corriente propia podrán solicitar que sus remuneraciones les sean depositadas en la misma.

Si por causas no imputables a la Empresa no fuere posible efectuar los depósitos en las cuentas a que se refiere esta cláusula, se procederá

Nota: Este sistema de pago se llevará a efecto solo una vez que la empresa haya entregado la correspondiente tarjeta red-bac a cada trabajador y estén debidamente informados.

Bono término Negociación Colectiva.
El bono de término de negociación será de $ 280.000 líquidos
A los trabajadores que tengan menos de un año de antigüedad, se les pagará este bono en forma proporcional a los meses trabajados al 30 de junio 2009

Bonificación por capacitación
Cláusula 60°. Por trabajador el 7 de Agosto del 2009 un valor $.-74.925
y en 9 de Agosto del 2010, de $.-40.500 líquidos




NOMINA 3-A





SOCIOS QUE NEGOCIAN POR 3ª VEZ






NOMBRE RUT TIENDA




1
ACEVEDO POBLETE, ALEJANDRA
13339794-9
250
2
ALVARADO ALFARO, CARLOS
13176856-7
151
3
ARTEAGA VERA, CLAUDIA MARION
14036543-2
1507
4
BRAVO PINTO, CAROLINA
15583778-0
1830
5
CACERES CACERES, ISOLINA
15433451-3
1830
6
CACERES VIDAL, JOHANNA ANDREA
14199301-1
354
7
CAMPUSANO VERGARA, SARA
12805183-K
148
8
CARREÑO TAPIA, CATALINA
15405652-1
825
9
CASIVAR RODRIGUEZ ,LUISA FERNANDA
8082835-7
242
10
CASTAÑEDA DIAZ, FRANCISCO ANDRES
16084905-3
343
11
CASTILLO GALLEGOS, CRISTIAN ANDRES
15391256-4
336
12
CHACON CONTRERAS, XIMENA ANDREA
13917603-0
1820
13
COFRE OLMOS, OSCAR JORGE
15665218-0
218
14
DIAZ OSSES, ORIETTA
8895401-7
502
15
DURAN HERNANDEZ, PATRICIO ANTONIO
11224336-4
275
16
FIGUEROA CISTERNA, MARISOL
9586490-2
258
17
GARRIDO ROA, RAQUEL LORENA
14359978-7
605
18
GUZMAN TORRES, SEBASTIAN MAURICIO
16094351-3
310
19
HENRIQUEZ ORTEGA, MARIO ALCIDES
12019530-1
328
20
IBARRA MEDEL, JORGE ALEJANDRO
14023396-K
524
21
MANSOULET AVILES, MIGUEL ANGEL
13308672-2
1850
22
MARTINEZ MARTINEZ, JORGE
15230976-7
1330
23
NAHUELAN POBLETE, RUTH NATALIA
10128325-9
322
24
NAVARRETE AQUEVEQUE, MARIA
13301478-0
950
25
NORAMBUENA ZAVALLA, MARIELA
10780286-K
319
26
ORELLANA MENDEZ, JUAN CLAUDIO
15160871-K
541
27
ORTIZ LOPEZ, ELIANA DONICETTI
13260232-8
1508
28
PAILLALEF ROJAS, DENIS CESAR
13584411-k

29
PARDO JIMENEZ, GUILLERMO
12725579-2
106
30
PATIÑO MIRANDA, XIMENA ANDREA
13609763-6
331
31
PAVEZ VALDES, RIGOBERTO
13235702-1
1593
32
PEREZ FLORES, MANUEL SEGUNDO
15974394-2
242
33
PEREZ VASQUEZ, SERGIO ANTONIO
16272150-K
350
34
QUINTANILLA ESPINOZA, FRANCISCO
14154539-6
323
35
ROJAS CORTES, SERGIO RODRIGO
12770389-2
156
36
SAAVEDRA ORELLANA, ANA
15698160-5
1350
37
SALAZAR RAYMAN, CARLOS FRANCISCO
11338132-9
343
38
SAN MARTIN CANCINO, LUIS DANIEL
15139524-4
501
39
SARAVIA CIPITRIA, RODRIGO ANDRES
15005387-0
104
40
SOTO GALLARDO, MARCELO
14203815-3

41
SEGURA CADIZ ,ISAIAS
14357640-K
214
42
SERRANO RETAMAL, ALICIA ESTHER
12357546-6
249
43
TAPIA SAN CRISTOBAL, JUAN ARTURO
15971202-8
304
44
TELLO MANZO, KAREN
15623360-9
249
45
TOLEDO OYARZO, JAIME ANTONIO
13120437-K
676
46
TORRES FUENTEALBA, SILVANA
13132887-7
957
47
VARGAS MANCILLA, RICARDO EDUARDO
15299080-4
635
48
VASQUEZ RIVEROS, RAUL JORGE
8302868-8
1501
49
VERGARA CASTILLO, CRISTIAN DANIEL
14571492-3
810
50
VICENCIO TAPIA, NOLVIA YESENIA
13010098-8
157

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